«LA CONTRAMANIFESTACIÓN: ¿DERECHO O DELITO?». ARTÍCULO DE RAFAEL ENTRENA

EL PAÍS 

21/04/2019

 

La clave, en orden a determinar si los que se contramanifiestan vulneran la legalidad, estriba en comprobar si ejercitan su derecho fundamental de manera proporcionada o, por el contrario, impiden o dificultan gravemente la celebración del acto o reunión con el que no se comulga. Además, a efectos de la correcta calificación de los hechos, deberá acreditarse si, efectivamente, medió violencia (concepto jurídico de rabiosa actualidad) y si concurría en quienes se concertaron para actuar en grupo, la intención de alterar el orden público.

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