08 Jun RESPONSABILIDAD CONTABLE. LÍMITES A LA ACTUACIÓN DEL DELEGADO INSTRUCTOR EN LAS ACTUACIONES PREVIAS. NO CABE INVADIR EL ÁMBITO COMPETENCIAL DE LA SECCIÓN DE FISCALIZACIÓN NI DEL ÓRGANO DE CONTROL INTERNO DEL ENTE SUPUESTAMENTE PERJUDICADO.
El TCu confirma el archivo de unas diligencias preliminares al entender que no cabe pretender que se continúen las actuaciones mediante el nombramiento de delegado instructor a fin de que recabe informes o pericias sobre el precio de determinados servicios contratados, ya que ello supondría una invasión del ámbito de actuación de la Sección de Fiscalización y del órgano de control interno del ente público. Hay voto particular en contra de dicho pronunciamiento.
Sorry, the comment form is closed at this time.